| |
| |||||||
| Registrarse | Obtener Código Activación | Blogs | Galería | Unete al Club | Marcar como leído | Ayuda | Lista de usuarios |
| Reclamaciones en siniestros y accidentes de trafico - Gestrafic Hilo, Accidente jabalí en el Patrocinadores y Servicios; ... |
![]() |
| | LinkBacks | Herramientas |
| | #1 |
![]() | Accidente jabalí Hola a todos. El pasado mes de marzo, cuando circulaba por la N-322 dirección Valladolid, a la altura de los viñedos Vega Sicilia, (coto del que salió y además pertenece el animal) repentinamente se me cruzó un jabalí al que atropellé irremediablemente. Afortunadamente pude esquivar un poco al animal para no golpearlo frontalmente, pese a ello la reparación del siniestro ascendió a 5400€. El animal fue localizado y se levantó atestado por parte de la Guardía Vivil. Puse el asunto en manos de los abogados de mi compañía de seguros para la reclamación de los daños. El abogado, desde un primer momento me comenta el reciente cambio en la legislación, en la que se exonera a los cotos de caza de toda responsabilidad. Mejor dicho, ahora existe un vacío legal, ya que con la legislación anterior parece ser que no había duda sobre la supuesta responsabilidad en estos casos, por lo que probablemente se haya que recurrir a un proceso contencioso-administrativo contra el titular de la vía (creo que es así). Yo empiezo a estar un poco cansado de la situación, ya que han pasado 9 meses y aún no hay solución al asunto ni visos de alcanzarlo a corto o medio plazo. ¿Sabeis si es cierto este cambio en la legislación? ¿puedo reclamar daños al propietario del coto? ¿o por contra he de reclamar al titular de la vía?, ya que de ser así, seguro que he de armarme de paciencia y esperar 2-3 años a que el asunto se solucione. |
| | |
| Links Patrocinados |
| | #2 |
| Patrocinador Miembro # 34620 Registrado: febrero-2007 Ubicación: presentes en toda España Vehículo: www.gestrafic.es
Posts: 573
| pues siento decirte que es así, te estan informando correctamente, lo tienes complicado a no ser que sea una autovía o autopista... Si es una carretera convencional puedes irte olvidando del tema, lo tienes complicadísimo, por no decir imposible. si vas a la vía contenciosa ponte mas en 5 años. |
| | |
| | #3 |
![]() | Es una Carretera Nacional, en el post está confundida debe poner N-122 en lugar de N-322, por tanto propiedad del Estado, no de la Comunidad Autónoma. ¿Quieres decir que es imposible recuperar el coste de la reparación? pero entiendo que alguien debe hacerse responsable, no puede haber impunidad. ¿ni suiquiera el consorcio? Puestos en las malas prefiero tener que esperar 5/6 años antes de no cobrar nada. Gracias de antemano. |
| | |
| | #4 |
| Patrocinador Miembro # 34620 Registrado: febrero-2007 Ubicación: presentes en toda España Vehículo: www.gestrafic.es
Posts: 573
| Por desgracia los Juzgados están aplicando el Artículo 45 del Reglamento General de Circulación que establece, entre otros puntos: Todo conductor está obligado a respetar los límites de velocidad establecidos y a tener en cuenta, además, sus propias condiciones físicas y psíquicas, las características y el estado de la vía, del vehículo y de su carga, las condiciones meteorológicas, ambientales y de circulación, y, en general, cuantas circunstancias concurran en cada momento, a fin de adecuar la velocidad de su vehículo a ellas, de manera que siempre pueda detenerlo dentro de los límites de su campo de visión y ante cualquier obstáculo que pueda presentarse Nos encantaría poder decirte otra cosa pero lo tienes muy muy complicado por no decir imposible, y sobre todo en una carretera nacional suerte. |
| | |
| | #5 |
![]() | Gracias, por tu respuesta. Sinceramente, y aunque sólo me sirva como "pataleta", creo que no hay razonamiento alguno que sostenga atenerse a dicho artículo en según que circunstancias. Es imposible preveer en que momento y de dónde puede cruzarse un animal. En mi caso era de noche, sobre la 01:30 de la madrugada y gracias a Dios que viajaba despacio (aprox 90km/h, 10 por debajo del límite de la vía) y por la vía sólo circulaba yo, lo que me permitió invadir parcialmente el carril contrario sin menoscabar la seguridad de nadie. Por cierto, no existe señal alguna en la carretera que advierta del peligro por animales sueltos. Según esta ley no podríamos circular a más de 40Km/h, único modo posible para poder evitar casos como el mío, Es imposible preveer todas y cada una de las eventualidades que pueden concurrir en un momento dado en una carretera, ello nos obligaría a circular siempre a 40Km/h, cosa absurda y fuera de todo razonamiento. Si alguien es dueño de un animal ha de ser responsable, o en su caso evitar los riesgos que pueda surgir, por ejemplo vallar los cotos, o las carreteras, si ha de resposabilizarse al propietario de la vía, pero no entiendo que pueda existir impunidad y se cargue la responsabilidad al conductor. Un juez (en mi opinión) no está para aplicar justicia, está para ser justo. Estoy seguro que en caso de ser un perro, censado y de mi propiedad el que hubiera ocasionado el sinisestro a un tercero, me hubieran responsabilizado a mí, como considero lógico. Perdón por la perorata, simplemente es un reflexión en voz alta. |
| | |
| | #6 |
| Patrocinador Miembro # 34620 Registrado: febrero-2007 Ubicación: presentes en toda España Vehículo: www.gestrafic.es
Posts: 573
| tienes toda la razón, no te preocupes, patalea todo lo que quieras, te entendemos perfectamente, es una triste gracia el cambio de legislación... |
| | |
| | #7 |
| Miembro de BMW FAQ Club ![]() Miembro # 5521 Registrado: mayo-2004 Ubicación: Eso da igual.... Vehículo: M3 SMGII Edad: 34
Posts: 7,476
| Joer pero entonces a ver, una pregunta absurda.. segun esto "de manera que siempre pueda detenerlo dentro de los límites de su campo de visión y ante cualquier obstáculo que pueda presentarse" todos los atropellos que se produzcan serían culpa del conductor no ?? La única forma que se me ocurre de ser capaz de detener un coche ante cualquier obstaculo (incluidos los obstaculos MOVILES) que pueda presentarse es circular a 5 km/h.. A cualquier velocidad superior, si te sale un animal de la carretera imaginaros que sale de unos matorrales, de detras de una piedra, o similar no te dará tiempo a frenar.. Lo que me quedaba por ver, ademas de las absurdeces del Peré con la velocidad resulta que hay una ley que de manera indirecta nos está obligando a TODOS a circular a 10 por hora.. |
| | |
| | #8 |
| Miembro de BMW FAQ Club ![]() | Estas leyes las hacen "ad doc" para ahorrar dinero a la administración y eximirles de responsabilidades. Estoy totalmente de acuerdo con CAUDI, si ese mismo jabalí tuviese dueño conocido (cualquier particular) le tocaría asumir el siniestro sin pestañear, pero con el estado hemos topado así que ley a medidad al canto y a jo...se tocan. VERGONZOSO! |
| | |
| | #10 |
| Patrocinador Miembro # 34620 Registrado: febrero-2007 Ubicación: presentes en toda España Vehículo: www.gestrafic.es
Posts: 573
| |
| | |
| | #12 |
| Patrocinador Miembro # 34620 Registrado: febrero-2007 Ubicación: presentes en toda España Vehículo: www.gestrafic.es
Posts: 573
| si es en autovía aún tienes alguna posibilidad, pero muy complicado también |
| | |
![]() |
| Herramientas | |
| | |||||
Todas las horas son GMT +2. La hora es 07:46. |
|