Bonificación Mutua madrileña.

Tema en 'Servicios Proyectos y Seguros' iniciado por RRALPHI, 5 Jul 2007.

  1. RRALPHI

    RRALPHI En Practicas

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    Hola a todos.

    Tengo un coche asegurado en la Mutua Madrileña (Un Alfa Romeo 156 sw). Recientemente he tenido un siniestro en el que soy culpable y el coste de la reparación total (del mio y del contrario) asciende a 6.500 Euros.

    Mi duda es que según la Mutua, para que eso me afecte a la prima que pago, tendría que presentar tres partes en un año y que estos superen el doble de la prima pagada. Es decir, que con un solo presentado aunque sea de alta cuantía, no me subirían la prima, siempre que no presente dos más.

    Sabéis si eso es cierto? Álguien ha estado en un caso similar?

    Un saludo.
     
  2. pablo33

    pablo33 Guest

    totalmente cierto
     
  3. Alvarito_320

    Alvarito_320 Guest

    eso tengo oido yo tambien
     
  4. deivi120

    deivi120 Guest

    A mi amigo, siniestro un Leon FR, no fue su culpa y este año en vez de bajar la cuota aunque a sido el unico parte que ha dado, le ha subido.
     
  5. PyS Seguros

    PyS Seguros Patrocinador Patrocinador

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    Buenos días como ya hemos indicado anteriormente, nosotros no trabajamos con la mutua y sí suelen decir que si no das 3 partes no te suben la prima, pero hay veces (por lo que nos han comentado clientes nuestros) que dando un parte de alta cuantía sí les han subido, no sé exactamente el criterio que siguen.

    Un saludo.
     
  6. MadRalphW

    MadRalphW Forista Senior

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    Este año han subido precios en la mutua para todos:bash: y el que no le ha subido, no le ha bajado la cantidad esperada.
     



  7. weno te explico como funciona la mutua en lo que a entrega de partes se refiere.


    Norma general en Mutua Madrileña:


    En la Mutua Madrileña hay una “norma general” pero con muchas excepciones, en un principio se pueden dar anualmente hasta 3 partes independientemente de la suma de las cuantías de las reparaciones y de la culpabilidad, cuando se da un 4 parte en una misma anualidad es cuando tu póliza pasa a revisión y si la suma de los 4 o mas partes que hayas dado supera el doble del ultimo recibo que hayas pagado pierdes la bonificación (que al tercer año es del 50%) y en principio si en un siniestro la culpa no es del mutualista y la mutua consigue recobrarlo reclamándolo al causante ese parte no te computaría para dicha revisión (no contaria).

    En definitiva: para perder la bonificación se tienen que cumplir 2 condiciones (siempre en principio) dar mas de 3 partes (4 o mas) y que además, la suma de sus reparaciones supere el doble de la última prima abonada.

    Toda póliza nueva en Mutua alcanza su máxima bonificación al tercer año de antigüedad que es del 50% de la cuota base, si te quitan la bonificación te quitan todo, volverías a pagar como el primer año.

    Casos excepcionales:


    1-Las pólizas nuevas de gente joven que ya en el primer año de contrato presenten un siniestro de muy alto importe podrán ser anuladas en su vencimiento.

    2- En principio las pólizas veteranas no tiene porque sufrir perdida de descuentos ni anulación por presentar en una misma anualidad hasta 3 partes, pero ojo, si eso se convierte en costumbre serán anuladas por siniestralidad (mutualistas que declaren tres siniestros durante varios años consecutivos)

    3- Aunque en un accidente la culpa pueda ser siempre del contrario y la Mutua pueda reclamar y recobrar esos siniestros, también serán anuladas por siniestralidad las pólizas que declaren un número considerable de siniestros durante varios años consecutivos, aunque se hayan podido reclamar.
    En Mutua un parte que se reclame a un causante y se recobre no computara como parte, sin embargo si en una misma anualidad o varias se dan muchos partes, pongamos 7 8..10 los que sean, aunque la culpa sea siempre del contrario y la mutua los haya reclamado también se podrá anular la póliza por alta siniestralidad, el motivo principal es el trabajo que ha dado a la mutua tener que reclamar y tramitar tanta cantidad de partes.


    Ojo con el periodo de siniestralidad:

    Para saber si un parte que des en Mutua te computa para la presente anualidad o te computara para la siguiente tienes que situarte en el día 1 del mes que has hecho el contrato y desde ahí 3 meses para atrás.
    Por ejemplo: si tu póliza la has contratado el 20 de junio, tienes que retrasarte al día 1 de junio y desde ahí 3 meses atrás. El periodo de siniestralidad de esa póliza iría del 1 de marzo hasta el 28 de febrero del año siguiente.
    Todo parte que declares a partir del dia 1 de marzo ya computaría para el siguiente año que pagarías el 20 de junio.

    salU2
     

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