Digamos que compro un coche ya matriculado en alemania,una vez me lo trajera a España tengo que volver a pagar el impuesto de matriculacion o ya vale con el que se pago en su momento en Alemania?
A falta de negociar el asunto del touring que por lo que se ve quiza no pueda ser...os ire actualizando la informacion: Me ofrecen esto: 325i Monaco Blau Julio 2005 4000kms 18" Vol.multifuncion Tapiceria antracita Tempomat Navegador Profesional Techo electrico Retrovisores electricos,plegables y calefactables Asientos calefactables. PDC Sensor Lluvia Paquete de luces. Climatizador 35.800 Matriculado. Alguien me podria decir cual seria el desglose de este importe? Por lo que se al precio base hay que sumarle el 16% de iva mas el 12% del precio base en concepto de impuesto de matriculacion.
Gorki, estuve leyendo en su dia un reportaje y tienes que pagar una serie de impuestos. Creo que esto te puede ser muy util: http://motor.terra.es/motor/articulo/html/mot21648.htm
Gracias Roman,tomo nota! Nuevo en cuanto sale con este equipamiento?no me va el configurador con el mac.
Gorki, a este paso tanto has espereado que espera un poquillo mas y te vendo el mio como no te decidas pronto, en cuanto pueda pido el coupe. y no falta mucho.... en cuanto a los impuestos mira en hacienda pero si esos importes son correctos pero para un coche nuevo comprado en españa. No se si al ser traido de alemania lleva algo mas.
ATEMPS,desgraciadamente no soy yo el que demora lo del coche... Contare todo con pelos y señales cuando ya tenga el coche,disculpadme.
sí, el impuesto de matriculación es por la primera matriculación definitiva en España, da igual que el coche sea usado o nuevo. Lo que varía es la base de cálculo, si es nuevo es el precio de compra y si es usado el de las tablas anuales que se usan para Transmisiones Patrimoniales. Espero habértelo aclarado, saludos Gorki.
Gorki se me ha olvidado decirte que por lo que veo en tu caso es nuevo, lo es cuando tiene menos de 6 meses desde la puesta en servicio o menos de 6.000 kms.
Ya lo se ya.... el comentario era por animarte un poquillo, esta claro que si por ti fuera firmabas ya mismo....y ojala lo tengas pronto y evidentemente que te tarde menos que yo en pedir el nuevo. Un abrazo.
gorki en ste foro ahi muxa info sobre coxes de alemania, yo le exe un ojo hace tiempo y dije a favooooooooooooritos http://importcars.elforogratis.com/index.php
Impuestos por la compra de un vehículo nuevo Se deben liquidar los siguientes impuestos: a. IVA: los nuevos medios de transporte constituyen un supuesto esencial dentro de las normas sobre tributación en la UE. Su adquisición tributa siempre en el país de destino, que es donde el comprador debe liquidar el IVA que corresponda 16% b. Impuesto especial sobre determinados medios de transporte: también llamado impuesto de matriculación 12% c. Impuesto de vehículos de tracción mecánica: conocido como impuesto de circulación y que se debe liquidar en el ayuntamiento de la localidad donde se matricule el vehículo Impuestos por la compra de un vehículo usado El impuesto que se debe liquidar varía según a quien se le haya comprado el vehículo. o Si el vendedor del vehículo es un particular: la compra queda sujeta al pago del impuesto de transmisiones patrimoniales (ITP) y actos jurídicos documentados (AJD) que deben liquidarse en el país de destino del vehículo 4% o Si el vendedor del vehículo es un empresario que actúa en el ejercicio de su actividad: se debe liquidar el impuesto sobre el valor añadido (IVA) en el país de origen del vehículo. En este caso hay que distinguir: a. si es un comprador particular: en la factura debe figurar desglosado el IVA (aunque se puede admitir sin estar desglosado) b. si no es un comprador particular (autónomos, etc.): dependerá de si el vendedor extranjero se acoje al régimen especial de venta de bienes usados o al régimen general y la regulación de estos regimenes al país de donde se hace la compra. o Régimen especial de venta de bienes usados: puede ser que la administración del país de compra no permita al comprador empresario recuperar el IVA (caso de Alemania) o Régimen general: el comprador podría deducirse parte del IVA al hacer la liquidación en su país de residencia o El impuesto especial sobre determinados medios de transporte (impuesto de matriculación) del 7 al 12% depende de la cilindrada del coche. o El impuesto sobre vehículos de tracción mecánica (impuesto de circulación) La matriculación Cualquier ciudadano de la Unión Europea debe matricular su vehículo en el estado donde reside habitualmente. Actualmente la UE aún no ha armonizado los procedimientos de matriculación y son los estados miembros los que regulan libremente esta materia. En el estado español la solicitud de matriculación se realizará ante la prefactura provincial de tráfico correspondiente. El plazo para matricular definitivamente el vehículo en el estado español está dentro de los 30 días siguientes al inicio de su utilización dentro del estado. Dentro de este plazo, se puede ir directamente a cualquier estación de ITV, solicitar la ficha técnica española y tramitar posteriormente una matrícula ordinaria. Si se pasa este plazo, se debe solicitar a la prefactura de tráfico un permiso temporal de circulación (placa verde), que permite circular mientras se tramita la ficha técnica española a la ITV, y posteriormente hay que tramitar la matrícula ordinaria definitiva. Para poder acreditar la adquisición del vehículo a matricular, se admite cualquier documento (hasta sin traducir) que justifique su posesión legítima. Pero el documento debe ir acompañado de una declaración del solicitante que, en español, explique y justifique su titularidad. Permiso temporal de circulación Para poder circular dentro del estado español con el vehículo adquirido en otro estado y que aún no tiene la matrícula española, se debe solicitar un permiso temporal de circulación. Este permiso, cuya durada es de 60 días prorrogables de manera excepcional, permite circular mientras se tramita la matriculación definitiva. Para obtener la placa verde, hay que formular una solicitud a la prefactura provincial de tráfico del domicilio mediante un impreso oficial que facilitan en la misma prefactura, adjuntando la documentación requerida y abonando la tasa por el importe estipulado a sus efectos. Junto a este impreso, se debe presentar los documentos siguientes (original y fotocopia): 1. DNI o pasaporte en vigor, o tarjeta de residencia 2. Documentación del vehículo 3. Autoliquidación del Impuesto sobre los Vehículos de Tracción Mecánica 4. Acreditación del pago o exención, del Impuesto Especial sobre Determinados Medios de Transporte, o justificante de exención (Mod. 565 de Hacienda) Además: e. Si el vehículo es nuevo: 1. Documentación que acredite la adquisición del vehículo (factura donde conste el número de IVA del vendedor) 2. Documentación justificativa de las características técnicas del vehículo f. Si el vehículo es usado y se ha comprado a un particular: 1. El contrato de compra-venta (algunas prefacturas aceptan contratos sin traducir en caso que estén redactados en alguna de las lenguas más comunes de la Unión Europea) 2. Autoliquidación del Impuesto sobre Transmisiones Patrimoniales y Actos Jurídicos Documentales, o justificante d'exención o de no sujeción g. Si el vehículo es usado y se ha comprado a un profesional: 1. Se adjuntará la factura de compra donde figure el número de IVA del vendedor La placa verde deberá devolverse junto con el permiso temporal en el momento de recibir el permiso de circulación definitivo del vehículo. Excepcionalmente y con la misma matrícula, se podrán solicitar y conceder prórrogas por la validez de este permiso por plazos de 60 días, siempre que se pidan antes de expirar su plazo de vigencia, y se justifique que el vehículo no ha sido matriculado por causas no imputables al solicitante del permiso. Matriculación definitiva u ordinaria Si se solicita la matriculación definitiva del vehículo en el estado español debe justificarse que, efectivamente, se reside en este estado. Se debe llenar un impreso oficial de solicitud de matriculación que se facilita a la prefactura de tráfico que corresponda según el domicilio, y abonar la tasa legalmente establecida. Además, deben presentarse los siguientes documentos (original y fotocopia): 0. DNI o pasaporte en vigor, o tarjeta de residencia 1. Documentación original del vehiculo 2. Tarjeta de inspección técnica (ITV), con sus copias azul y rosa 3. Autoliquidación del impuesto de Vehiculos de Tracción Mecánica (IVTM), por triplicado o justificante de exención 4. Impuesto especial sobre determinados medios de transporte (IEDMT), o justificante de exención o de no sujeción Además: e. Si el vehículo es nuevo: 1. Factura de compra, donde conste el número de IVA del vendedor 2. Modelo 309 de Hacienda, para justificar la declaración del IVA f. Si el vehículo es usado: Tanto si la adquisición se ha hecho a un particular o como a un profesional se aportará la misma documentación prevista en el apartado anterior. Si un vehículo matriculado en el estado español lo había estado antes en otro país, la prefactura de tráfico correspondiente, de oficio, comunicará a la embajada o consulado del país que expiró originariamente el permiso de circulación, que se le concede una matrícula española. De esta forma, se puede dar de baja en su registro y evitar, así, la doble matriculación.
gracias javicohete, ahí está todo, alguna cosilla habría que matizar, pero menor, p. ej. hay una errata supongo que de donde has cogido el texto, la compra de medios de transporte nuevos es un supuesto especial en vez de esencial, es especial porque tributa en destino (o sea aquí) como bien dices. Pijotera que es uno Gracias de verdad, estaría bien ponerlo fijo. Por cierto acaba de salir una monografía sobre el tema de la fiscalidad de los vehículos, si alguien quiere los datos me lo dice. Me parece que va a ser mi autoregalo de cumpleaños
Por lo que se ve los coches de "exposicion" o "pruebas" tambien se pueden vender con 4 meses....no es necesario esperar a que tengan 6 meses un año. Me interesaria saber el valor de este coche por tablas para saber si el precio final cuadra. Gracias a todos por vuestra info,la mayoria ya la tenia leida
Hola Sego A que monografíco te refieres? Es una publicación interna? Dime algo, gracias. Gorky, a ver si hay suerte.
Según el configurador de la Web de BMW el precio de ese coche está en 44834 Euros sin control de crucero. Desde hace unos días ha desaparecido la opción de regulador de velocidad y solo está la de control de crucero activo que vale 2106 euros. Saludos