Yo te entiendo perfectamente, Joseba, pero veo que tu a mi no, al menos, no del todo... Cuando yo busque mi auto en autoscout24.es, me dije...quiero un auto de 30.000 euros, con X caracteristicas. En la lista, parecian varios coches, unos de concesionario o empresa y otros de particular. En los de empresa, el precio era IVA incluido. Con lo cual, a la hora de comparar precios, aconsejo tener en cuenta que los de empresa (o sea con factura con _IVA desglosado), tienen la ventaja del ahorro del ITP. Y repito, es lo que ocurrio a mi: Tenia en seleccionados 2 Z4s del mismo precio y mismas caracteristicas y estado. Por comprarlo a concesionario, al final al hacer los papeles aqui, no tuve que pagar ITP. Sin mas. Saludez.
¿vistes los dos coches para compararlos? Es que eso que me cuentas es un caso particular que no puede generalizarse, son dos coches distintos con distinto precio y por alguna razón el de IVA incluido era el mas barato, pero no le busques otra explicación económica o tributaria, porque el que vende con IVA tiene que ingresar el IVA en Hacienda, no es para él :roll:
¿Para qué complicarse la vida? Lo compras con Leasing y en paz. Todo deducible porque es un alquiler, y como tal va directo a gastos generales. Intereses a deducir, IVA a compensar, cuota como gasto. Finalmente el vehículo pasa a ser propiedad de la empresa al pagar´la última cuota, y así a engrosar el patrimonio de la misma. El Renting es otro tipo de alquiler sin residual, es decir el vehículo nunca pasa a ser propiedad de la empresa. :-({|= :-({|= :-({|=
8-[ ¿gastos generales? ¿te refieres a la cuenta p*tas y varios? ;-) Estooooooooooooo, mejor lo consultas
Es una vieja "tésnica" de los concesionarios y/o banca , oyes, ;-) . Ante una inspección tienes que demostrar que ese "arrendamiento" está afecto o no a la actividad principal del negocio, ;-) .
O soy un zote, o no se que pasa... Veamoslo con un ejemplo: 1-Concesionario, compra un auto para su uso. El auto lo compran por 20.000 euros + Iva. Ese conce lo vende al de 1 año, en el cual el auto se deprecia, digamos, un 50%. Vende el auto a un particular por 10.000 euros+Iva = 11600 euros. 2-Particular: Compra un auto por 23200 euros. Lo venden al de 1 año , en el cual el auto se deprecia, digamos, un 50%. Vende el auto a un particular por 11600 euros. El comprador paga 11600 + 4% de ITP. Asi de sencillo, creo yo...
Jodo.. pues vaya putda..., ya que estoy.... si compro ese cocje con rentig para ese uso que te he dicho. Vale solo descuento el 50 % del iva ,pero con la base de las cuotas ,lo puedo desgravar de beneficio? Sirve de algo si tengo otro coche a mi nombre?
No, el razonamiento es correcto pero es que paretes de un supuesto ficticio (y alejado de la realidad) estás igualando (articialmente a mi juicio) los precios pensando en que solo hay compradores particulares, y no todos lo son. Lo lógico es que el vendedor con IVA reconduzca el coche al mercado empresarial (confe, compraventas u otras empresas que se lo puedan deducir) donde podrá facturarlo por su valor y repercutir el IVA sin que el comprador salga perjudicado (especialmente en Alemania, Belgica etc donde no hay tantas trabas a la deducción del IVA).
Amos por partes. ¿donde colocas contablemente los gastos de alquiler de maquinaria, furgonetas y coches para los desplazamientos de tus trabajadores en la realización de su trabajo? Mi empresa ha comprado varias furgonetas y turismos, pero no es suficiente y cada mes tenemos que alquilar varios vehículos más. El leasing es otro tipo de alquiler. Otra cosa es que venga el inspector de turno y te quiera tocar lo que no suena... entonces le saco 200 facturas de gasoil de toda la geografía española, tiquets de autopistas, facturas emitidas, etc.... y que las revise si quiere. Claro está que si tu negocio es por ejemplo una tienda de cuadros y marcos, no va a colar facilmente.
Ya , el tipico caso del tener dos coches.. ;-) ; Las cuotas del 50% que no has deducído de IVa y arrendamiento (o amortización e intereses) son resultados contables válidos, es decir , una cosa es la base imponible del IMpuesto sobre sociedades *, donde no incluiras las cuotas de amortización , tanto de inmovilizado material ( clasica adquisición ) como de inmovilizado inmaterial ( Derechos sobre bienes en arrendamiento financiero si es por leasing) en las cuentas 682 y 681 respectivamente así como los intereses que se hayan abonado a lo largo del ejercicio contable y/o gastos a deducir en varios ejercicios (si es Leasing)... *y otra el resultado contable , es decir, los resultados de la cuenta de PErdidas y ganancias deberá constatar dos resultados, uno Fiscal y otro Contable ;-) . Saludos.-
Si son furgonetas son deducibles al 100% , solo el 50% si son turismos, por lo demas, creo haberte contestado en el mesaje inmediatamente anterior. ;-) Por cierto, solo os informo, nada mas.. ;-) que yo no tengo la "culpa".. jajajaja ;-) mas quisiera (yo el primero) daros la razón, pero la Ley del IVA es así y punto.. no hay mas.. los inspectores, si, no es que toquen lo que no suena, es que aplican la ley con todo su rigor, no hay mas. ;-)
yo queria preguntar esto porque o me engañan o no lo entiedo a ver si me podeis ayudar: un compraventa me vende un coche que en mobile vale 19000 euros y tiene iva deducible y me queda al mismo precio que otro que vale 900 euros menos en la misma pagina,pero ese no me pone iva deducible debajo del precio....la pregunta es:¿a el tio que es compraventa con su empresa me imagino,le sale igual el coche mas caro con iva deducible que el mas barato sin especificar iva(porque el iva esta metido en el precio me imagino,pero no se porque no pone iva deducible debajo del precio)? en resumen:al compravente le sale mejor comprar los coches que ponen ivas deducible no???,porque si es lo mismo que lo ponga debajo del precio no entiendo como el carro de 900 euros menos,vale lo mismo. Por cierto esto lo pregunto porque estuve ayer con el tio y me los enseño en su pc y no me atrevi a "atacarle" por el tema ese del iva...como sea lo mismo me tendra que explicar porque me mete 900 euros de mas...... GRACIAS
Entonces, ¿cuando la empresa venda el coche como usado, el IVA que cobre sólo tributará la mitad, no?
Una preguntita, yo tengo una empresa propia, en la cual mi funcion es hacer mediciones a lo largo de toda la geografia española, tengo la intencion de pillarme un m, si lo pillo por leasing y siendo mi trabajo el k e descrito antes, podria desgrabar el 100 % de los gastos y el 100 % del iva del coche? Gracias
Según Hacienda sólo el 50% del IVA. Si haces otra cosa (por encima de ese límite) ya sabes a lo que te expones