O.T. Álguien que me ayude con el tema Alquiler de piso-IRPF?

Tema en 'Foro General BMW' iniciado por TNT, 27 Jun 2007.

  1. TNT

    TNT Forista Senior

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    A ver si alguno me puede asesorar fiscalmente...:err:
    Tengo desde hace algo menos de dos años un piso que aunque se supone que es mi primera vivienda habitual no utilizo y que quiero alquilar.

    ¿sabe alguien qué fórmula emplear para que me salga lo mejor posible...?
    ¿puedo alquilar sólo una parte del piso para poder seguirme desgravando aunque sea parte y que la persona que lo alquila se pueda desgravar algo también?

    No encuentro información por ningún lado, si alguno me puede ayudar pq sepa de estos temas, le enviaría un MP para no "marear" al resto del foro:smile:

    Gracias
     
  2. little_homer

    little_homer Guest

    Entiendo que te refieres a desgravarte el 15 % de lo que pagas de hipoteca , no?

    Si alquilas ese piso a alguien NO PUEDES desgravarte ese 15 % ya que no es tu vivienda habitual , aparte tendrás que declarar los ingresos que percibes del alquiler de ese piso augmentando tu renta con lo que augmentara lo que tienes que pagar a haciendo de IRPF , esto último te lo puedes evitar si alquilas a una persona menor de 35 años.

    La única manera que es completamente desaconsejable es alquilar sin contrato pero tiene las siguiente pegas :

    - Es dificil que un buen inquilino (responsable i tal...) acepte alquilar sin contrato
    - No tienes ninguna herramienta para actuar contra él si pasa algo.
    - Hacienda obliga des de hace 2 campañas a rellenar un campo en la IRPF en la que pones donde vives (de alquiler , con los padres, de propiedad...) con lo que si lo llena tu inquilino date por jodido.

    Solo te aconsejaria hacer esto con alguien que tenga smuuucha muuuucha muchaa confianza

    Lo de alquilar una parte , seria alquilar habitaciones y eso evidenmente es todo bajomano ,pero solo te lo recomendaria si tu tb vivieses en ese piso
     
  3. javier

    javier Forista Legendario Moderador Miembro del Club

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    Hola,
    estoy en la misma situacion que tu; tengo un piso desde noviembre de 2004.
    hasta que no haga 3 años (este noviembre) no lo alquilare, dado que tendria que devolver lo que me he deducido..... Eso si, me interesa el tema de si de alguna manera puedo mantenerme las desgravaciones, aunque, obviamente ni lo contemplaba.
    a ver si nos dicen algo ;-)
     
  4. Boromir14

    Boromir14 En Practicas

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    Como os han comentado, la deducción por vivienda habitual y el alquiler de la misma es completamente INCOMPATIBLE.


    Saudos
     
  5. TNT

    TNT Forista Senior

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    me han comentado la posibilidad de hacer un contrato de alquiler por una habitación de mi piso (aunque realmente lo que estoy alquilando es la casa entera). De esta forma la persona que alquila puede desgravarse algo (creo que es un 10% con un máximo de 600 Euros/año) y yo tendría que descontarme de mi desgravación la parte proporcional en función de los metros que estoy compartiendo (entiendo que serán los metros de dicha habitación más la mitad de todos los metros comunes)
    ¿sabéis cuánto de cierto hay en esto? ¿ó bien dónde me puedo informar..?

    Muchísimas gracias a Little_hommer y al resto:notworthy:

    Por cierto; un buen amigo lleva con un inquilino 13 meses sin que le pague y aunque anda de juicios y demás, no consigue nada... le han dicho que con suerte le conseguirá echar pero que se olvide de cobrar un duro :nah: no sé si no era mejor que se lo hubiera alquilado sin contrato y haberle echado sin más...
     
  6. little_homer

    little_homer Guest

    Se puede desgravar el alquiler? hasta donde yo se no.
    Eso de alquileres parciales ya lo desconozco
     
  7. leoper

    leoper Baneado Baneado

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    algo asi

    Los inquilinos pueden deducir de su cuota íntegra en su declaración de la renta el 15% del alquiler anual, con un límite máximo de 100.000 pesetas. Para que se pueda aplicar la deducción, la base imponible del inquilino no puede superar en caso de declaración individual los 3.500.000 pesetas anuales. El límite se eleva a 5 millones de pesetas si se trata de una declaración conjunta. Además, las cantidades satisfechas por el alquiler deben exceder del 10% de la suma de los rendimientos netos del inquilino/declarante. Se deben justificar también, mediante documento, todas las cantidades satisfechas durante el periodo del ejercicio.
     
  8. little_homer

    little_homer Guest

    Lo desconocia, gracias por la info.
     
  9. TNT

    TNT Forista Senior

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    Este Leoper está en todo...
    Entiendo todo menos esto... "Además, las cantidades satisfechas por el alquiler deben exceder del 10% de la suma de los rendimientos netos del inquilino/declarante..."
     
  10. TNT

    TNT Forista Senior

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  11. Gus

    Gus Tali-bahn Administrador Coordinador

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    Que lo que paga de alquiler en el ejercico debe ser superior al 10% de sus ingresos, hablando en plata y sin entrar en matices.

    Si declara 30.000 euros, para optar a desgravación deberá haber satisfecho 3.000 euros mínimo.
     
  12. TNT

    TNT Forista Senior

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    Muchas gracias Gus...
    Da gusto con este foro, vale lo mismo "pa un roto que para un descosío...":GEEK:
     
  13. little_homer

    little_homer Guest

    Cuidado con este tema que ya se de un caso cercano que le han dado por no declarar alquileres. I no soy yo que conste eeeh ? :D
     
  14. onca

    onca Guest

    facturas valen? o el documento debe ser el contrato?

    y que le han "dado" ?

    Yo ya en esta última declaración de la renta lo he declarado, y al final no me cuesta nada .... :mad: Los intereses de la hipoteca se consideran gastos, más un porcentaje del valor de construccion y más comunidad, supera los ingresos... lo cuento por si hay alguien en esa situación que haga números... yo por ejemplo lo de los intereses de la hipoteca no lo sabía... :nah:
    un saludo
     
  15. little_homer

    little_homer Guest

    Le mandaron una bonita paralela, no se de que importe. El no tiene hipoteca el piso lo tiene pagado
    No sabia lo de los intereses de la hipoteca es un tema muy interesante
     

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