Pues eso que tengo una discusión montada por aquí sobre los conceptos de las nóminas y tal. ¿Alguien sabe la diferencia entre estos dos conceptos, si es que existe alguna? ¿respecto a la jubilación? ¿respecto a que la mejora voluntaria pueda hacer de colchocón frente a subidas de sueldo? Agradecería alguna idea al respecto. Gracias.
Hola. Pues depende del Convenio Colectivo que sea de Aplicación. Las mejoras voluntarias tal y como indican su nombre, es un complemento de caracter voluntario por porte del empleador, a los conceptos prefijados por Convenio. Es un concepto Salarial, lo cual quiere decir que cotiza a Contingencias Comunes y Profesionales. Ésto quiere decir que se suma a la Base de Cotización, por lo que para la pensión de Jubilación tambien se sumará. Hay convenios que indícan expresamente que las cantidades percibidas como complemento empresarial voluntario NO tendrán caracter absorvible. Pero amigo, si no dice nada el convenio, es perfectamente legal que te absorvan las subidas. Espero haberte ayudado Saludos .
Muchísima ayuda, gracias. ¿de la Diferencial Garantizado? ¿quiere decir que es la diferencia seguro que siempre tendrás entre tu sueldo base y tu sueldo neto, independientemente de variaciones de este último? ¿tiene alguno de los dos conceptos repercusiones a la hora de cobrar finiquitos o similares? Gracias, una vez más.
Pues Pacix, si te digo la verdad, mira que llevo tiempo haciendo nóminas contratos y demás mandangas laborales y nunca me he tropezado con ése concepto. Si quieres díme a qué convenio pertenece y lo miro. Para el tema de finiquitos entran todos los conceptos que se cobren, tanto salariales como extrasalariales. Saludos.