Bueno tengo un amigo que ha recivido una multa en al cual el radar le pillo a 141 km/H (ya es mala leche) , en autovia , pues me comenta a ver si ademas la multa economica lleva acarreada la perdida de puntos . Es porque le han notificado la multa y puede poner de conducctora a su mujer que no conduce habitualmente ya que el trabaja con el coche. Gracias por adelantado
En teoria la retirada de puntos comienza en 142 Km/h, pero como aqui cada comunidad interpreta como le rota, pues que ponga a su mujer como conductora y duerma tranquilo, más vale prevenir...
Mira esta pagina http://www.infocoches.com/art/infor...ceso-de-velocidad-oficial-de-la-dgt-9615.html, según esta tabla hasta 152km/h no quitan puntos, pero como dice otto, hay comunidades que no es así. Saludos
hasta 152 no hay retirada de puntos en autovia y autopista.es la velocidad crucero que utilizo para viaja´.lo se de buena tinta
puedo afirmaros que hasta 152 solo existe sanción economica que es de 100€ con una reducción del 30% si el pago se realiza antes de 15 dias. Espero servir de ayuda. saludos!
y de 90, que en la A4 pague mi unica multa por exceso de velocidad por circular a 121 y había una señal de 90 que no ví, porque a esa velocidad iba mas bien dormido
Joer que putada; vas a 120 pensando en que van "dentro" de la ley (la mierda de ley del Pere y sus cuarenta ladrones) . . . y te funden ¿En qué punto kilométrico (+/-) de la A4 fue eso Jiro?
Aqui en Barcelona ya tenemos zonas de autopistas limitadas a 80 Km/h, por supuesto con sus correspondientes máquinas tragaperras....digo radares