Buenas. Tengo un pequeño problema legal. Quiero rescindir un contrato en vigor con la empresa de alarmas, porque considero que el servicio que contraté y que me facturan, no es viable y me gustaría estar seguro de ello. La empresa se llama CIPE y en teoría el sistema de alarma que me instalaron es capaz mediante unas cámaras de seguridad de enviar a la central de alarmas imágenes en mivimiento en tiempo real a través de la linea RTB de teléfónica (no de ADSL) ¿es esto posible? ¿cuantos fotogramas por segundo en B/N se pueden enviar? He forzado la situación y el lunes me quieren meter una demanda por rescindir el contrato. Salu2
Por rtc van a ir pocas frames por segundo. es posible que pase alguin rapido po delante de la camara y no lo vean. de todas las maneras, para que te demanden por cancelar un contrato, ¿de cuanto tiempo de carencia los has hecho?
yo diría mas bien que un frame lo mandan en varios segundos ... 30 mas o menos, de modo que los frames/segundos se invierten y se queda segundos/frame ... tu mismo pero creo que no se puede mantener vídeo en tiempo real mediante una RTB de 56Kb/s ten presente que 56 no son los kilobytes sino los kilobaudios ... que es distinto de modo que para mandar fotos ... chungo o eso decían mis profesores en la carrera ... ja ja
Eso coincide con mis cuentas.pero,¿Hay alguna forma de demostrarlo? alguien me puede correo un dictamen técnico en cuatro lineas, sobre la capacidad de transmisión de video en tiempo real y el B/N por telefonillo. Salu2
Yo te lo aseguro como profesional, pero si lo quieres en plan tecnico, lo mejor es san google .... algo asi como: http://www.soluziona.es/htdocs/areas/consultoria/interes/articulos/transmision_video.shtml
buenas, Si hay algun trasto que comprima el video en mpeg-4 si se podria... yo hace tiempo con un canal de un basico (RDSI) 64kb/Seg iba perfecto.... eso si utilizabamos un trasto (no recuerdo la marca) que era un equipo concreto de videoconferencia haciendo una llamada a otro equipo igual y emulando una punto a punto. Cuando hablo iba perfecta la video me refiero a calidad de vidio y audio buena. Tambien comentar que el trasto este tenia un videoproyector, imagino que el trafico entre las rdsi pasaba muy comprimido.... En esas epocas los anchos de banda no eran lo que son ahora.... Asi que yo me creo lo que te dicen y mas sinedo en b/n y sin audio.... eso si... tienes que tener algun trasto adicional. saludos,
Hosti tu el RDSI es mucho mejor independientemente de la velocidad, sobre todo si lo que haciais era conectar con otro equipo ya que tienes un ping mucho menor, no tiene nada que ver ;-)
j*der y encima con sonido ... si fuera RDSI podría ser, por que esta si que es 64 kilobytes y bastante mas estables, pero con RTB normal casi ni con un compresor de mpeg-4 aunque así podría ser algo mas viable
Mira esta paguina en la que da datos sobre el tema http://www.monografias.com/trabajos10/vire/vire.shtml
buenas, Lo que esta claro es que si en tu contrato con la empresa de alarmas pone "video en tiempo real" como que no... porque eso lo consigues con anchos de banda de mas de 2Mb/seg. con lo cual puedes cancelar el contrato por incumplimiento pero si no pone video en tiempo real... pues ya no se. Ten en cuenta que desde hace años se usa el termino en tiempo real sin ser realmente asi. Tiempo real estariamos hablando de 30 frames por segundo.... con una calidad media y con sonido... hablariamos de 2 MB/seg de trafico... lo que equivaldria a una linea de unos 16Mb/seg.... Otra cosa es que luego con compresiones logaritmicas llegues a usarlo con una linea de 4Mb/seg. Kazarn, Lo de la RDSI esta claro que la calidad era sustancialmente mejor que la RTB .... y mas si es punto a punto entre los dos trastos, que ademas, eran trastos concretos para video... con lo que todo estaba mcuho mas optimizado que lo podamos hacer tu y yo en nuestros pcs.... estos trastos ademas valian cerca de 1 millon de ptas en la epoca... un saludo. JAvi.
Lo de la transmisión de datos a esa velocidad, ya lo sabía. Lo que no sabía es si la centralita de la alarma podía tener algún dispositivo que por compresión de video y audio lo hiciera factible. De momento he conseguido rescindir el contrato. Me acaban de contestar a un Fax que les envié ;-) Ahora sólo queda negociar lo que según ellos les debo, ya que aunque contraté otra empresa hace un año y les mandé por correo certificado la solicitud de baja en el servicio, me dicen que les tengo que pagar el año 2004 entero aunque no conecté la alarma . El año que quedaba a mayores de contrato (2005), que también me lo reclamaban, ahora no me lo reclaman por "disconformidad con el servicio prestado, frente a lo contratado". Algo hemos avanzado. Muchas zenkius a todos
Hombre, el cine son 24 imagenes (odio los anglicismos ) por segundo, creo que con eso seria mas que suficiente ;-)